Cómo cambiar el nombre del menor en Nueva York
Es probable que las escuelas y agencias gubernamentales exijan que el nombre de su hijo sea el mismo que el que se encuentra en su certificado de nacimiento. Acceda al panfleto de información haciendo click aquí o lea nuestro recurso
Existen 3 formas de cambiar el nombre de su hijo oficialmente.
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Usted cambia su propio apellido.
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Si obtiene una orden de cambio de nombre, su hijo puede adoptar su nuevo apellido si el otro padre es notificado y está de acuerdo. Tendrá que solicitar esto en su procedimiento judicial.
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Paternidad
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Los padres pueden firmar un formulario de reconocimiento de paternidad que suma el nombre del padre al certificado de nacimiento del niño. Mediante este formulario, el niño puede adoptar el apellido del padre o un nombre que combine los de los padres, si ambos están de acuerdo. Se emitiría un nuevo certificado de nacimiento.
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Para cambiar el nombre de su hijo por cualquier otra razón
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Tiene que solicitarle a la Corte Suprema del Estado de Nueva York que cambie el nombre de su hijo. A fin de hacerlo, debe completar y presentar estos formularios judiciales:
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Petición de cambio de nombre
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Notificación a las partes interesadas
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Orden de cambio de nombre
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Solicitud de Intervención Judicial (Request for Judicial Intervention, RJI) (original más 2 copias)
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Solicitud de número de índice
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¿Dónde puedo obtener los formularios judiciales?
El sistema judicial cuenta con formularios disponibles en línea en: http://www.nycourts.gov/courthelp/namechange/index.shtml
¿El tribunal necesita ver la identificación de mi hijo?
Sí. Debe presentar una copia certificada del certificado de nacimiento de su hijo. En Nueva York, también puede obtener este formulario del Departamento de Salud del estado. Para obtener más información, visite el siguiente sitio web: http://www.health.state.ny.us/vital_records/birth.htm.
¿Qué más necesito saber sobre el cambio de nombre de mi hijo?
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A menos que el otro padre del menor haya aceptado el cambio en una declaración legalizada o se hayan extinguido los derechos del otro padre, necesitará brindarle la notificación judicial. Esto es de esta forma incluso si se le otorgó la "custodia exclusiva". El otro padre podría intentar impedir el cambio de nombre.
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Si pretende cambiar el nombre de su hijo por violencia doméstica y teme que brindar una notificación sobre el cambio de nombre al otro padre del niño lo pondrá en peligro a usted o a su hijo, puede solicitarle a la Corte que no se aplique el requisito de aviso.
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La Corte solo cambiará el nombre de su hijo si existe una buena razón. Usted debe brindar una razón para el cambio.
¿Qué sucede si el otro padre no está de acuerdo con el cambio de nombre?
Cambiar el nombre de su hijo puede resultar muy difícil si el otro padre no acepta el cambio de nombre. Puede intentar realizar un cambio de nombre informal. Debe saber que el otro padre puede impedirlo si está al tanto.
Puede encontrar información sobre el cambio de nombre en el sitio web de la Corte. Visite http://www.courts.state.ny.us/forms/namechange.shtml
Fecha de entrada en vigencia 21 de diciembre de 2021, ya no se solicitará la publicación de órdenes de cambio de nombre. En su lugar, el cambio de nombre entrará en vigencia tan pronto como usted presente la orden del Juez ante el Secretario del Condado. Es posible que se le solicite enviar una copia al otro padre del niño. No obstante, el tribunal no puede exigirle que envíe una notificación a nadie más, salvo que lo solicite por escrito y proporcione una justificación de la razón necesaria para hacerlo. Finalmente, usted podrá solicitarle al tribunal que selle el registro del cambio de nombre para que nadie más pueda acceder a él sin una orden judicial. Si desea hacerlo, tendrá que brindarle al tribunal una explicación de por qué quiere que se selle el registro de cambio de nombre.
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Este artículo brinda información general sobre este tema. Las leyes que afectan este tema pueden haber cambiado desde la elaboración de este artículo. Para solicitar consejo legal específico con respecto a un problema que tenga, pida el consejo de un abogado. Recibir esta información no lo hace cliente de nuestra oficina.
Fecha de la última revisión: 29 de septiembre de 2021
Última revisión: November 5, 2010